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Toda persona natural o jurídica cuyos ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios sean inferiores a 100.000 UVT $4.241.200.000 para el año gravable 2023, y que adicionalmente cumpla con las siguientes condiciones establecidas en el artículo 905 del ET.
1. Que se trate de una persona natural que desarrolle una empresa o de una persona jurídica en la que sus socios, partícipes o accionistas sean personas naturales, nacionales o extranjeras, residentes en Colombia.
2. Si uno de los socios persona natural tiene una o varias empresas o participa en una o varias sociedades, inscritas en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada y en la proporción a su participación en dichas empresas o sociedades.
3. Si uno de los socios persona natural tiene una participación superior al 10% en una o varias sociedades no inscritas en el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada y en la proporción a su participación en dichas sociedades.
4. Si uno de los socios persona natural es gerente o administrador de otras empresas o sociedades, los límites máximos de ingresos brutos se revisarán de forma consolidada con los de las empresas o sociedades que administra.
5. La persona natural o jurídica debe estar al día con sus obligaciones tributarias de carácter nacional, departamental y municipal, y con sus obligaciones de pago de contribuciones al Sistema de Seguridad Social Integral. También debe contar con la inscripción respectiva en el Registro Único Tributario (RUT) y con todos los mecanismos electrónicos de cumplimiento, firma y factura electrónica.
PARÁGRAFO. Para efectos de la consolidación de los límites máximos de ingresos que tratan los numerales 3, 4 y 5 de este artículo, se tendrán en cuenta únicamente los ingresos para efectos fiscales.
Aquí es importante, para el contribuyente persona natural o jurídica, prestador de servicios profesionales de consultoría, científicos y profesiones liberales tener en cuenta, que sí predomina el factor intelectual sobre el material, el limite de ingresos se reducirá a 12.000 UVT ($456.048.000 año 2022 y $508.944.000 respecto al año 2023) por los ingresos brutos, ordinarios o extraordinarios, en el año gravable anterior.
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